Según lo establecen los estatutos de la Fundación Universitaria Internacional de Colombia, en sus capítulos II, III, IV, V, VI, VII, los órganos de gobierno y dirección académica y administrativa de UNINCOL son: La Sala General, el Consejo Superior, el Rector y el Consejo Académico.
Sala General
Es el órgano máximo de gobierno de UNINCOL. Son miembros fundadores de UNINCOL las personas que comparecieron a su acta de constitución. Son funciones y atribuciones de Ia Sala General, las siguientes:
- Fijar Ia política general de UNINCOL;
- Señalar Ia política general de financiación y promover las campañas para Ia obtención de recursos para el cumplimiento de sus fines;
- Aprobar los estados financieros de cada vigencia y el presupuesto anual de funcionamiento.
- Reformar los estatutos de acuerdo con las formalidades establecidas.
- Designar y sustituir, cuando fuere el caso, a los miembros de Ia sala.
- Designar a sus representantes en el Consejo Superior;
- Determinar los procedimientos para Ia designación de miembros de Ia comunidad universitaria en el Consejo Superior;
- Delegar en el Consejo Superior Ia atribución de aprobar actos y contratos en las cuantías y condiciones generales que determine;
- Nombrar al Presidente y al Vicepresidente de la Sala. El Presidente dirigirá las sesiones, el Vicepresidente lo reemplazará en sus faltas absolutas o temporales;
- Nombrar el Revisor Fiscal y su suplente, fijar su remuneración y aprobar sus informes. Esto acorde con las disposiciones legales y los presentes estatutos;
- Aprobar Ia disolución y liquidación de Ia institución y nombrar el respectivo liquidador, cualquiera que sea Ia causa de Ia disolución;
- Darse su propio reglamento.
La Sala General se reunirá ordinariamente una vez al año, dentro de los 6 primeros meses del mismo, en el día y hora que para cada oportunidad señale el Presidente de Ia Sala y extraordinariamente, cuando sea convocada por el Revisor Fiscal, por sugerencia del Rector o por solicitud escrita, firmada por las dos terceras partes de los miembros de Ia Sala.
Consejo Superior
El Consejo Superior es el órgano máximo de dirección académica, administrativa y financiera de UNINCOL. Está integrado por siete miembros, cinco designados por Ia Sala General, un representante de los estudiantes y un representante de los docentes. El Consejo Superior se reunirá ordinariamente una vez cada mes y extraordinariamente cuando sea convocado por el Rector.
Son funciones y atribuciones del Consejo Superior:
- Nombrar o remover libremente y en cualquier tiempo al Rector y a los vicerrectores de la institución. En caso de ausencias temporales designar sus encargados.
- Estudiar y aprobar los planes de desarrollo que someta a su consideración el Rector.
- Autorizar al o a los representantes legales para contratar, comprometer, gravar, vender bienes muebles e inmuebles hasta por Ia cuantía que determine Ia Sala General.
- Expedir los estatutos y reglamentos institucionales.
- Aprobar Ia creación, modificación y terminación de los programas docentes o de investigación propuestos por el Consejo Académico.
- Determinar los procedimientos para Ia designación de miembros de Ia comunidad universitaria en el Consejo Académico, Consejo de Facultad y en otros órganos asesores de Ia institución.
- Crear y suprimir los programas de pregrado y postgrado propuestos por el Consejo Académico.
- Aprobar Ia estructura orgánica de Ia institución y de los órganos académicos, administrativos, con su distribución de cargos y funciones, que someta a consideración el Rector y fijar las políticas de remuneración del personal docente y administrativo.
- Resolver sobre Ia compra, venta, gravámenes hipotecarios o prendarios, permutas, créditos, préstamos y todo acto que conlleve disposición de inmuebles y en general todo acto o contrato que le sean delegados por la Sala General.
- Vigilar que los recursos sean manejados en forma adecuada y correcta.
- Designar los integrantes de las comisiones o grupos de trabajo permanente o transitorio que se establezcan y señalarles su composición, funciones, plazos y objetivos.
- Otorgar grados Honoris Causa y otras distinciones propias de una institución de educación superior.
- Aceptar donaciones y programas de ayuda con destinación específica.
- Determinar el valor de todos los derechos pecuniarios, por concepto de inscripción, matrícula, expedición de certificados, realización de exámenes extraordinarios o supletorios, cursos especiales y derechos de grado.
- Conceder exenciones de matrículas, becas, créditos educativos y otros estímulos estudiantiles.
- Revisar el balance y estados financieros que le presente el Rector y el informe del Revisor Fiscal, para su examen y aprobación por Ia Sala General.
- Informar a Ia Sala General sobre los planes de desarrollo aprobados, el presupuesto anual ejecutado y las demás actividades de UNINCOL.
- Ratificar el nombramiento de los decanos.
- Darse su propio reglamento.
Consejo académico
Está compuesto por el Rector, quien lo presidirá, los vicerrectores, los decanos adscritos a las facultades, un representante de los profesores y un representante de los alumnos.
Son funciones del Consejo Académico:
- Estudiar y definir políticas institucionales de orden académico y disciplinario que someta a su consideración cualquier miembro del mismo;
- Proponer al Consejo Superior Ia creación, supresión o modificación de unidades académicas;
- Aprobar el proyecto educativo de los programas y los proyectos de innovación y reforma curricular;
- Aprobar las actividades y proyectos de investigación y proyección social.
- Asesorar a Ia Sala General, al Consejo Superior y al Rector en Ia orientación académica de UNINCOL;
- Proponer objetivos y metas que deban tenerse en cuenta para el futuro desarrollo de UNINCOL;
- Aprobar la programación de cursos, calendarios, sistemas de créditos académicos y programas de prácticas;
- Resolver situaciones disciplinarias de conformidad con lo establecido en los estatutos y reglamentos estudiantil y docente;
- Presentar Ia lista de graduandos de pre y postgrados, para su aprobación en el Consejo Superior;
- Adoptar su propio reglamento.
El Consejo Académico se reunirá ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces lo convoque el Rector.
Adicionalmente, la Fundación Universitaria Internacional de Colombia (UNINCOL) cuenta con una estructura de comités adicionales que tienen incidencia sobre los distintos ejes y procesos de la institución; buscando lograr el equilibrio y sana participación en las decisiones más importantes que marcan la vida académica y administrativa de la institución. Dichos órganos están encargados de servir como entes consultivos y decisorios en los procesos estratégicos, misionales, de apoyo y de evaluación, se constituyen en órganos de dirección, decisión y organización. Las acciones de los comités institucionales se orientan por las políticas, directrices, lineamientos, acuerdos, resoluciones y normatividad. Igualmente, en el conocimiento de las necesidades y planes específicos de cada uno de los programas, para definir las acciones a desarrollar. También asesorarán a los órganos superiores en la formulación de políticas, planes, etc.